El delito de trata de personas, conocida también como “la esclavitud moderna”, es un delito que violenta la dignidad, la integridad, la libertad y todos los derechos fundamentales del ser humano, constituyendo una de las actividades más rentables a nivel nacional e internacional.
En la trata de personas, el ser humano es visto por los tratantes como un objeto que puede ser comprado y vendido repetidamente. Este delito afecta psicológica, moral y físicamente, siendo los niños, niñas, adolescentes y mujeres sus principales víctimas.
La trata de personas vulnera profundamente la dignidad humana, con modalidades como la explotación sexual, extracción de órganos, trabajo forzado, mendicidad, entre otras.
La captación se da en el país de origen o residencia de la víctima y es traslada a otra comunidad, barrio, municipio o departamento dentro del mismo país para ser explotada.
La captación se da en el país de origen o residencia de la víctima y es trasladada a otro país para ser explotada.
En la Legislación guatemalteca, se reconocen las acciones en las que incurren los tratantes, a los cuales se denominan Verbos Rectores.
Es cuando se busca atraer víctimas, ganarse su confianza o llamar su atención para atraparlas. Se realiza por diferentes medios como anuncios impresos, por internet, por llamadas, por comunicación de conocidos entre otras formas.
Es la acción de movilizar a la víctima, alejarla de su familia y de su comunidad, puede ser dentro del mismo país o hacia otros países.
Es el medio que utilizará el tratante para movilizar a la víctima: Terrestre, aéreo, marítimo, entre otros.
Consiste en ocultar temporalmente a las víctimas hasta que retomen el viaje a su destino.
Se presenta cuando se brinda a la víctima, de forma temporal, un lugar en donde permanecer mientras llega a su destino con los tratantes.
Se da cuando los tratantes reciben a la víctima para iniciar su explotación.
Una o más personas se benefician de la prostitución realizada por tercera o terceras personas. Conlleva captación, transporte, traslado, retención, acogida o recepción de víctimas con fines de explotación.
Víctimas captadas, trasladadas o retenidas para obtener beneficios económicos o sexuales, obligarlas a actos sexuales o actividades relacionadas con la prostitución.
Uso de víctimas para obtener beneficios económicos-laborales: jornadas excesivas, condiciones inhumanas, falta de seguridad social, salarios injustos o inexistentes.
Víctimas obligadas a pedir dinero, comida u otros objetos en la vía pública durante largos periodos de tiempo para beneficio de los tratantes.
Condiciones laborales impuestas mediante coerción o engaño, con pérdida de libertad total o parcial por un tiempo corto o prolongado.
Víctimas entregadas sin cumplir requisitos legales de adopción, independientemente de si el propósito se logra.
Venta o cesión de personas tratadas como mercancía, adquiridas como producto de comercio.
Funcionarios autorizan adopciones con documentos falsos o alterados, omitiendo requisitos legales.
Producción de material pornográfico con víctimas reales o simuladas, para obtener beneficios económicos o de otra índole.
Víctimas obligadas a prestar servicios sin libertad y bajo condiciones inhumanas.
Entrega o intercambio de víctimas a compradores a cambio de dinero u otra retribución.
Mujeres sometidas a embarazos o matrimonios sin libertad de decisión, en condiciones de abuso y servidumbre.
Captación y retención de menores para integrarlos a grupos delictivos organizados mediante fuerza, engaño o aprovechamiento de vulnerabilidades.
Captación y traslado de víctimas con el fin de extraer y traficar órganos y tejidos humanos, de personas vivas o cadáveres.
La prevención se entiende como la preparación y la disposición de medios para evitar la trata de personas, antes de su manifestación, mediante la intervención directa sobre sus causas y los riesgos de incurrir en ellas.
Es importante estar informados, alertas y conocer que existen algunos engaños o mentiras que pueden ser utilizadas por las personas que cometen este delito, entre ellos las siguientes:
Quien cometa el delito de trata de personas (tratante) puede ser cualquier persona: una persona conocida de la víctima, una persona desconocida, un familiar, un amigo(a) o compañero de estudios, entre otras.
La trata de personas no distingue edad, sexo o nacionalidad y convierte a las víctimas en mercancía; es importante estar alerta e informados sobre cómo prevenir este delito, a dónde denunciar y en qué instituciones puedes pedir ayuda.
Mantener una buena comunicación entre adolescentes y padres, para desarrollar una relación de confianza y comprensión.
Enseñar a los adolescentes a identificar ofertas laborales u oportunidades de estudio falsas, que pueden ser un peligro y medios de captación para la Trata de Personas.
Aprender el uso adecuado del internet, para mantenerse alejado de posibles tratantes que puedan usar redes sociales como medios de captación con perfiles falsos.
Tener en cuenta que está prohibido y es un delito el matrimonio o la unión marital (convivencia de pareja) de NNA.
No asistir a citas privadas de empleo o educativas sin compañía de un adulto y/o sin contar con toda la información de la oportunidad.
Cuidarse de aparentes amistades que ofrezcan oportunidades de superación y que inviten al NNA a trasladarse a un lugar lejano de su comunidad.
Comunicar a alguien de confianza cuando le soliciten trasladarse a otro departamento o extranjero para pagar una deuda familiar.
Buscar ayuda cuando grupos delictivos organizados (maras) inviten, obliguen o persigan a un adolescente para que forme parte de ellos.
Evitar brindar información personal y familiar a desconocidos en viajes, paseos, fiestas o actividades, especialmente si ofrecen traslados.
Denunciar ante las instituciones indicadas si conocen el caso de algún adolescente víctima de Trata de Personas (la denuncia puede ser anónima).
En Guatemala, el delito de trata de personas se encuentra regulado en el artículo 202 Ter del Código Penal.
“Constituye delito de trata de personas la captación, el transporte, traslado, retención, acogida o recepción de una o más personas con fines de explotación”.
Las seis acciones o verbos rectores del delito (captación, transporte, traslado, retención, acogida o recepción), son excluyentes y se valoran de manera individual e independiente. Es así, que con la realización de uno solo de ellos se tiene por realizado el delito correspondiente.
“Para los fines del delito de trata de personas, se entenderá como fin de explotación: la prostitución ajena, cualquier otra forma de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, cualquier tipo de explotación laboral, la mendicidad, cualquier forma de esclavitud, la servidumbre, la venta de personas, la extracción y el tráfico de órganos y tejido humanos, el reclutamiento de personas menores de edad para grupos delictivos organizados, adopción irregular, trámite irregular de adopción, pornografía, embarazo forzado o matrimonio forzado o servil”.
Estas constituyen las modalidades del delito de trata de personas.
La CIT constituye el espacio de coordinación y articulación de esfuerzos en materia de trata de personas a nivel nacional, coordinada por la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, con base a lo establecido en el Acuerdo Secretarial No. 2-2009.
Trabaja coordinada, interinstitucional e intersectorialmente para el fortalecimiento de la prevención, detección, atención integral y protección de las víctimas y supervivientes, entre otras acciones.
La CIT está conformada actualmente por 34 instituciones de Estado, Sociedad Civil y Organismos Internacionales con intervención específica en el tema de trata de personas en Guatemala y se organiza por subcomisiones
Se desarrolla reuniones bimensuales en las que participan representantes de las instituciones siguientes: Ministerio Público (Aplicaciones Tecnológicas para la Resolución Estratégica de Caso y Atención a Víctimas –ASTREA-, Fiscalía de Sección contra la Trata de Personas), Organismo Judicial (Sistema de Consulta de Expedientes –SIDEJ-), Procuraduría General de la Nación; Sección contra la Trata de Personas de la División Especializada en Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil –DEIC TRATA-.
Directora contra la Trata de Personas
Tel: 2504-8888 Ext. 120